Programa de Certificación de Terapeutas Cognitivos
El desarrollo y la práctica de la psicoterapia requiere cada vez más de la especialización profesional.
Actualmente la certificación es un medio que permite a los terapeutas presentarse como profesionales idóneos poseedores de conocimientos actualizados, referidos al cumplimiento de los estándares y competencias para cada especialidad.
Este proceso de evaluación periódica del trabajo asistencial, el conocimiento y las cualidades científicas, otorga un aval que jerarquiza la labor profesional del terapeuta.
El Comité de Certificación otorga el título de TERAPEUTA COGNITIVO
La certificación se extiende por un período de 5 años, al cabo de los cuales se podrá acceder a un proceso de recertificación.
El Comité de Certificación tendrá a su cargo el otorgamiento del título de terapeuta cognitivo. Será designado por la Comisión Directiva de la AATC y estará compuesto por 3 (tres) miembros integrantes del Comité Científico de la AATC. La elección de los miembros del Comité de Certificación tendrá lugar cada 3 (tres) años y podrán ser reelectos.
La Secretaría de Certificación será electa por el Comité de Certificación y estará compuesto por un conjunto de 3 (tres) a 5 (cinco) miembros de la AATC. Su función será colaborar con el Comité de Certificación a través de la consideración de las solicitudes presentadas por los aspirantes para acceder a la certificación y elevar una evaluación para su consideración y aprobación final por el Comité de Certificación. La elección de los miembros de la Secretaría de Certificación tendrá lugar cada 2 (dos) años y podrán ser reelectos.
Los profesionales que aspiren a la obtención del título de Terapeuta Cognitivo1 deberán:
A. Poseer como mínimo un título de grado universitario como Psicólogo o Médico especialista en Psiquiatría.
B. Ser miembro de la AATC (con un año de antigüedad).
C. Presentar dos cartas de aval firmadas por terapeutas cognitivos reconocidos a nivel nacional y/o internacional, que apoyen la solicitud.
D. Presentar documentación debidamente acreditada acerca de programas de formación y /o cursos de posgrado a cargo de docentes certificados por la AATC o por organismos internacionales reconocidos por la IACP, de 350 horas.
E. Presentar documentación que acredite un mínimo de 100 horas de supervisión a cargo de supervisores reconocidos por la AATC .
F. Presentar documentación que avale los antecedentes profesionales.
G. Arancel equivalente a una cuota anual como miembro de la AATC.
1 La certificación es no oficial.
Se evaluarán los antecedentes curriculares del profesional que aspire a la certificación en función de los siguientes criterios:
» Títulos de grado y posgrado
» Educación Continua
» Antecedentes Docentes
» Antecedentes en Gestión académica
» Antecedentes en Investigación
» Antecedentes profesionales
» Antecedentes en Gestión profesional
» Participación en Reuniones Científicas
» Publicaciones
» Premios
La Presentación de la solicitud podrá realizarse en cualquier momento del año y el Comité de Certificación se expedirá dentro de un plazo de 3 (tres meses) a partir de la presentación de la documentación completa
Leonora Lievendag
Beatriz Gomez
Ruth Wilner
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Contacte a la secretaría de AATC para más detalles o para presentar su solicitud.